Milei limita el derecho a huelga de docentes, transportistas y personal de la Salud
El DNUpublicado este jueves en el Boletín Oficial e impulsado por el presidente de la Nación, Javier Milei, impone como servicio esencial a servicios sanitarios, transportistas, aduaneros y educativos -entre otros- y, por ende, reduce el derecho a Huelga y limita las medidas de acción sindical en Argentina.
Según el texto elaborado por el Gabinete libertario, "en lo que respecta a la prestación de servicios mínimos, en el caso de los servicios esenciales, en ningún caso podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) de la prestación normal del servicio de que se tratare". Se destaca, además, servicios de importancia trascendental, en los cuales no "se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al CINCUENTA POR CIENTO (50%)".
Se considerarán servicios esenciales en sentido estricto, las actividades siguientes:
- Los servicios sanitarios y hospitalarios, así como el transporte y distribución de medicamentos e insumos hospitalarios y los servicios farmacéuticos;
- La producción, transporte y distribución y comercialización de agua potable, gas y otros combustibles y energía eléctrica;
- Los servicios de telecomunicaciones, incluyendo internet y comunicaciones satelitales;
- La aeronáutica comercial y el control de tráfico aéreo y portuario; incluyendo balizamiento, dragado, amarre, estiba y remolque de buques;
- Servicios aduaneros y migratorios, y demás vinculados al comercio exterior; y
- Cuidado de menores y educación de niveles guardería, preescolar, primario y secundario, así como la educación especial.















