Habilitan la instalación de tiendas libres de impuestos en pasos fronterizos terrestres

Habilitan la instalación de tiendas libres de impuestos en pasos fronterizos terrestres

El gobierno de Javier Milei habilitó este miércoles la instalación de tiendas libres de impuestos, más conocidas como duty free shops y usuales en las salas de pre embarque de los aeropuertos de todo el mundo. Así quedó plasmado en el Decreto 438/2026 publicado hoy en el Boletín Oficial con las firmas de Milei; el jefe de gabinete, Manuel Adorni y el ministro de Economía de la Nación, Luis Caputo.

Allí se incorporó al ordenamiento jurídico argentino una resolución del Mercosur aprobada en diciembre de 2018, que habilitó este tipo de comercios en las fronteras terrestres del bloque. Brasil, Uruguay y Paraguay ya contaban con regímenes similares y de esta manera la Argentina se alinea con sus socios regionales en esta materia.

Estos locales estarán sujeto a una doble autorización. Por un lado, el Ministerio de Economía deberá otorgar la habilitación comercial; y por otro, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) será la encargada de habilitar tanto el recinto como al operador desde el punto de vista aduanero.

Solo podrán instalarse en pasos fronterizos habilitados donde sea posible ejercer el control aduanero correspondiente.

Las compras que realicen los viajeros en estas tiendas quedarán encuadradas dentro del régimen de equipaje, es decir, el mismo sistema que regula qué y cuánto puede traer una persona al ingresar al país sin pagar impuestos. Esto implica que los productos adquiridos serán para uso personal y no podrán tener fines comerciales ni industriales. Los límites y franquicias vigentes para ese régimen serán los que determinen cuánto puede comprar cada viajero.

Sin embargo no cualquier producto podrá venderse en estos locales. El anexo que acompaña la resolución establece una lista de artículos excluidos que Argentina adoptó en su totalidad. De esta manera, quedaronn fuera del régimen:

  • Vehículos, repuestos y combustibles
  • Alimentos de la canasta básica
  • Animales vivos y plantas
  • Armas y municiones
  • Tabaco y cigarrillos
  • Maquinaria agrícola, industrial o comercial
  • Electrodomésticos de gran porte
  • Materiales de construcción y eléctricos
  • Neumáticos
  • Ropa y calzado (excepto zapatillas deportivas y ojotas)

Las habilitaciones para operar estos comercios se otorgarán mediante llamados a licitación pública y el Gobierno podrá limitar la cantidad de locales autorizados cuando razones técnicas o comerciales así lo justifiquen.